La seguridad y la higiene en el trabajo son aspectos fundamentales para el bienestar de los trabajadores y la productividad de las empresas. Sin embargo, no siempre han existido normas que regulen estas materias y que garanticen unas condiciones mínimas de protección y prevención.
Antes de que se establecieran las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) de seguridad e higiene, que son el conjunto de disposiciones jurídicas que establecen los requisitos que deben cumplir los centros de trabajo en materia de seguridad, salud y medio ambiente, existían los llamados Instructivos.
Los Instructivos eran documentos elaborados por las propias empresas o por organismos especializados, que contenían recomendaciones y buenas prácticas para evitar accidentes y enfermedades laborales. Estos documentos no tenían carácter obligatorio, sino que eran de aplicación voluntaria por parte de los empleadores y los trabajadores.
Los Instructivos abarcaban diversos temas relacionados con la seguridad y la higiene, como el uso de equipo de protección personal, la manipulación de sustancias peligrosas, la prevención de incendios, la ergonomía, la ventilación, la iluminación, el ruido, las vibraciones, etc.
Sin embargo, los Instructivos tenían varias limitaciones. Por un lado, no cubrían todas las actividades y riesgos laborales existentes. Por otro lado, no contaban con un mecanismo de supervisión y sanción por parte de las autoridades competentes. Además, no se actualizaban con frecuencia para adaptarse a los cambios tecnológicos y sociales.
Por estas razones, a partir de la década de los ochenta se inició un proceso de elaboración y publicación de las NOM de seguridad e higiene, que son el resultado de la participación tripartita entre el gobierno, los empresarios y los trabajadores. Las NOM tienen como objetivo establecer criterios uniformes y obligatorios para garantizar la seguridad y la salud en el trabajo, así como para proteger el medio ambiente.
Las NOM se basan en estudios científicos y técnicos que evalúan los riesgos laborales y proponen medidas para prevenirlos o reducirlos. Las NOM también se revisan periódicamente para incorporar los avances tecnológicos y las mejores prácticas internacionales.
En OPRA Industrial somos conscientes de la importancia de cumplir con las NOM de seguridad e higiene en todos nuestros proyectos y servicios. Contamos con personal capacitado y certificado en materia de seguridad e higiene, así como con equipo e instalaciones adecuados para realizar nuestras actividades con eficiencia y calidad.
- Instructivo No. 1 relativo a las condiciones de seguridad e higiene en los edificios y locales de los centros de trabajo. Instructivo No. 2 relativo a las condiciones de seguridad para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo.
- Instructivo No. 3 Relativo a la obtención y refrendo de licencias, para operadores de grúas y montacargas en los centros de trabajo.
- Instructivo No. 4 Relativo a los sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo de los centros de trabajo.
- lnstructivo No. 5 relativo a las condiciones de seguridad en los centros de trabajo para el almacenamiento, transporte y manejo de sustancias inflamables y combustibles.
- Instructivo No. 6 relativo a las condiciones de Seguridad e Higiene para la estiba y desestiba de los materiales en los centros de trabajo.
- Instructivo No. 7 relativo a las condiciones de seguridad e higiene para la instalación y operación de ferrocarriles en los centros de trabajo.
- Instructivo No. 8 relativo a condiciones de seguridad e higiene para la producción, almacenamiento y manejo de explosivos en los centros de trabajo.
- Instructivo No. 9 relativo a las condiciones de seguridad e higiene para el almacenamiento, transporte y manejo de sustancias corrosivas, irritantes y tóxicas en los centros de trabajo.
- Instructivo No. 12 relativo a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se manejen, almacenen o transporten fuentes generadoras o emisoras de radiaciones ionizantes capaces de producir contaminación en el ambiente laboral.
- Instructivo No. 13. relativo a las condiciones de Seguridad e Higiene en los centros de trabajo, donde se generen radiaciones electromagnéticas no ionizantes.
- Instructivo No. 14 relativo a las condiciones de Higiene y Seguridad para los trabajadores que laboren a presiones ambientales anormales.
- Instructivo No. 15 relativo a las condiciones térmicas ambientales extremas, elevadas y abatidas, en los centros de trabajo. Instructivo No. 16 relativo a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, referente a ventilación.
- Instructivo No. 17 relativo a los requerimientos y características del equipo de protección personal para los trabajadores.
- Instructivo No. 18, relativo a los requerimientos y características de regaderas, vestidores y casilleros en los centros de trabajo.
- Instructivo No. 20, relativo a los requerimientos y características de los botiquines para primeros auxilios en los centros de trabajo.
- Instructivo No. 21, relativo a los requerimientos y características de los informes de los riesgos de trabajo que ocurran, para integrar las estadísticas.
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